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Noticias y Opiniones


Ley de Política Habitacional


Si una persona, en Venezuela, desea comprar un apartamento o casa tiene la opción de hacerlo a través de la Ley de Política Habitacional, (LPH) o como se conoce ahora la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Esto lo pueden hacer los que cotizan mensualmente al Fondo de Ahorro Obligatorio (FAO) y pueden solicitar el crédito solo o con otra persona de su grupo familiar, bien sea su pareja, hijo, padre o hermano y debe haber aportado o ahorrado en la Entidad Bancaria donde le depositan los Fondos de Ahorro habitacional (FAO) un mínimo de 12 cotizaciones.

La persona o grupo familiar deben tener ingresos mensuales hasta Siete mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 7.000,00) para poder optar por el crédito de Política Habitacional. Si los ingresos familiares son hasta 2.800,00 Bs.F. tienen el beneficio, otorgado por la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat y es ejecutado por el Consejo Nacional de la Vivienda “Conavi” que constituye un aporte monetario que se entrega al vendedor del inmueble como parte del precio de venta, de un subsidio de 46.000,00 Bs.F. hasta 25.300,00 Bs.F. dependiendo de los ingresos familiares, si los ingresos familiares son mayores de 25.300,00 Bs.F. no tiene opción del subsidio.

Si los ingresos familiares son mayores de 20 UT y hasta 150 UT, el interesado debe tener para la cuota inicial el equivalente al 30% del valor de adquisición de la vivienda, puesto que el banco solo le prestara el 70 % del valor del inmueble, ahora bien, este 30 %, depende de las personas que vayan a hacer la negociación, no es necesario ni obligatorio entregarlo como cuota inicial o reserva se puede dar menos siempre y cuando se llegue a un acuerdo entre las partes, además, al termino de la negociación el comprador deberá tener el resto del dinero para completar la venta.

Las personas con ingresos mensuales superiores a las 150 UT pueden acceder a créditos con recursos propios de la banca a una tasa única de 10,54% para la compra de vivienda principal y según lo establecido en la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario.

La obtención de créditos sigue siendo la opción más inteligente, especialmente desde la creación en 2005 de la "gaveta" crediticia obligatoria de 10% que debe dirigir la banca al sector, a una tasa social máxima de 9,31%, para la adquisición de vivienda principal.

Hacer uso del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAO) es la recomendación que hacen los especialistas para las familias de los estratos medios"y bajos.

Quiénes pueden optar al crédito de LPH?

Las personas naturales que trabajen por cuenta propia y, por tanto, no tengan relación de dependencia patronal, podrán incorporarse al FAO efectuando, mensual y consecutivamente depósitos equivalentes al 3% de sus ingresos promedios mensuales en instituciones financieras especializadas en el servicio de ahorro habitacional, tales como Banesco, Fondo Común, Banco Mercantil, Banco de Venezuela y otras.

Si es empleado, la empresa con la que tiene la relación laboral debe depositar la cotización del trabajador en la agencia bancaria donde tiene resguardado el ahorro habitacional, la Empresa depositara el 2 % del sueldo del empleado y a este le descontaran y depositaran en la misma cuenta el 1 % de su sueldo.

El crédito LPH se debe cancelar en 240 cuotas como máximo, es decir, 20 años, esto puede variar dependiendo de la estabilidad del solicitante del crédito. La aprobación tarda aproximadamente 90 días Los ahorristas de LPH podrán disponer de sus aportes para el pago total o parcial del precio de adquisición de su vivienda, o bien para cancelar el costo de mejoramiento o ampliación.

Las personas o grupos familiares interesados en pedir un crédito de LPH deben cumplir con una serie de requisitos exigidos por la banca, entre en Requisitos LPH para ver los mismos.

El nuevo régimen de Vivienda y Hábitat establece préstamos hipotecarios que pueden abarcar el 100% del valor del inmueble, por hasta un monto de Bsf. 271.000 y con subsidios de hasta 46.000 bolívares fuertes.

Luego de haber sido promulgada la nueva Ley de Vivienda y Hábitat, el Ministerio de la Vivienda efectuó (a través de resoluciones) cambios en el esquema financiero para la adquisición de viviendas: Bajaron las tasas de interés, se ampliaron los plazos de los préstamos, se aumentaron los montos a financiar por LVH y se realizó un ajuste en los ingresos que se deben comprometer en los pagos mensuales.

Escala de ingresos y escala de créditos hipotecarios

El Ministerio de Vivienda y Hábitat estableció tres escalas de ingresos familiares para optar por préstamos hipotecarios que podrán ser pagados en un plazo de hasta treinta (30) años:

  • Ingresos de hasta 2.800 bolívares fuertes: Podrán tener un préstamo de hasta 108.000 bolívares fuertes con una tasa de interés 4,66%. En este nivel las familias podrán comprometer en los pagos el 20% de sus ingresos. Dentro de esta escala, aquellos que ganan salario mínimo pueden optar por un crédito hipotecario de hasta 30.000 bolívares fuertes pero adicionalmente cuentan con un subsidio de 46.000 bolívares fuertes, lo que suma 76.000 bolívares fuertes para adquirir una vivienda.
  • Ingresos entre 2.800 y 5.474 bolívares fuertes: Podrán solicitar créditos hipotecarios de hasta 213.000 bolívares fuertes con una tasa de interés del 6,61%. En este nivel las familias deberán comprometer el 25% de sus ingresos mensuales.
  • Ingresos entre 5.474 hasta 7.000 bolívares fuertes: Podrán solicitar créditos hipotecarios de hasta 271.000 bolívares fuertes con una tasa de interés del 8,55%. En este nivel las familias deberán comprometer el 30% de sus ingresos mensuales. Dentro de esta escala es justamente quien gane 7.000 bolívares el que podrá optar por un financiamiento hipotecario con el monto máximo